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Cómo crear del paro una oportunidad de realización personal (Parte I)

Si tienes claro que el autoempleo es lo tuyo y estás seguro de llevar adelante una idea emprendedora pero necesitas financiamiento, aquí te dejamos una guía para conseguir tu prestación del paro en pago único.

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Muchos han sido los afectados por la crisis económica que atraviesa España, aquellos que han quedado en paro, buscan empleo en otras áreas, ya sea de forma autónoma o en empresas a pesar de saber que en la mayoría de las ocasiones serán infra remunerados de acuerdo a su calificación. 

Otros sin embargo, han visto una oportunidad para salir adelante. Si eres de aquellos que llevaban toda su vida laboral soñando con ser su propio jefe y has planeado en más de una ocasión emprender tu propio negocio con ideas frescas y atractivas pero siempre te frena la misma razón: falta de financiamiento. 

Es aquí donde entra en juego una oportunidad única para conseguir el chute necesario que ponga en marcha la maquinaria. La capitalización del paro es, cuando menos, una fórmula que debes comprender en detalle si deseas llevar a cabo esta opción para asegurarte un futuro donde las perspectivas de encontrar un empleo no se ven afectadas por tu edad ni calificación. ¿Cuáles son los requisitos para saber si eres apto? Acá te dejamos la guía con todos los detalles que necesitas saber.

¿Qué es esta iniciativa y cuáles son los beneficios?

La capitalización del paro es el cobro en un único pago de la prestación de desempleo. Para conseguirlo debes justificar la finalidad de tu inversión, que ha de ser exclusivamente empresarial. En la página del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), consta que con esta fórmula se persigue fomentar iniciativas de empleo autónomo. 

De esta forma, las personas que están en paro y reciben la prestación por desempleo de nivel contributivo, pueden integrarse en alguna cooperativa o sociedad laboral ya constituida; convertirse en trabajador autónomo (en el caso de los económicamente dependientes, se liberan firmando un contrato con la última empresa a la que estuvo vinculado o que pertenezca al mismo grupo empresarial). Otra manera es destinar el dinero a la creación de una entidad mercantil o una creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación al capital social.

Los requisitos para esta última opción están establecidos en la página de SEPE dejando claro que usted podrá optar por ella:

Califican todos aquellos desempleados que cobren una pensión retributiva por cese definitivo de su relación laboral y que justifiquen la necesidad de ese capital para algunas de las opciones anteriores.

Requisitos generales que debe dominar

Para calificar entre los candidatos a optar por la capitalización en pago único debes cumplir los siguientes requisitos: 

  • Ser persona beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir a fecha de solicitud del pago único, al menos tres mensualidades. Las personas beneficiarias de la prestación por cese de actividad es necesario que tengan pendiente de percibir como mínimo seis meses.
  • No haber cobrado el pago único, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud. No obstante, una vez realizada la solicitud, se puede iniciar la actividad y darse de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago.
  • Si se encuentra en proceso de litigio ante la jurisdicción social con respecto al cese de la relación laboral que ha proporcionado la prestación por desempleo, cuya capitalización se pretende, la solicitud del pago único debe ser posterior a la resolución del procedimiento.
  • Quienes en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo de nivel contributivo, no tendrán derecho a obtener el pago único para constituirse como trabajadores o trabajadoras por cuenta propia o como personas trabajadoras autónomas socias de una sociedad mercantil.
  • Si la cooperativa prevé en sus estatutos la posibilidad de que los socios o socias tengan que superar un periodo de prueba, haber superado dicho periodo. Aunque el derecho al pago único de la prestación se podrá aprobar, la persona solicitante únicamente lo percibirá cuando presente ante el SEPE el acuerdo del consejo rector de haber superado dicho periodo de prueba.

El monto del cobro en función del proyecto

Una vez calificado para obtener la capitalización, usted debe conocer que de la cantidad que reciba, deberá pagar un importe relativo al interés general del dinero, que será calculado en base al correspondiente al momento de la solicitud. Además, en el caso de obtener el 100% de la cantidad que le corresponde por capitalización del desempleo o pago único están exentas del IRPF.

Las cantidades a las que tiene derecho varían en función a la inversión que pretenda levar a cabo con la capitalización.

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