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La República Dominicana regula los negocios piramidales en su Código Penal

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Que el Network Marketing o Marketing Multinivel necesita una regulación es una cuestión que todos los amantes de este sistema de negocio deseamos, aunque sólo sea para poder discernir lo legal de los sistemas ilegales que se camuflan en esta industria, provocando en los clientes una idea negativa de esta industria.

Algunos países han dado los primeros pasos legales para proteger a los clientes de los timos producidos por los sistemas piramidales. Colombia ha sido uno de los primeros en regularizar la Venta Directa, también en EE.UU se está estudiando el proyecto de Ley HR5230 que busca matizar claramente entre un sistema de Venta Directa legal del ilegal..

Ahora, parece ser que las autoridades de la República Dominicana, también se suman a esta idea de regularizar y legislar una normativa para diferenciar y penalizar a los negocios fraudulentos basados en estructuras piramidales. El recién aprobado Código Penal Dominicano contempla la penalización de hasta 20 años de prisión para las personas que practiquen negocios de este tipo.

De acuerdo con la legislación convertida en ley por el Senado de la República Dominicana, esa condena se aplicará conforme al artículo 255 en los casos considerados como agravados, en los cuales además de la pena se impondrán multas similares al doble del monto envuelto en la operación.

La penalidad mayor envuelve los casos donde se compruebe que quien comete el delito sea “una persona depositaria de la autoridad pública o encargada de un servicio público, en el ejercicio o con ocasión del ejercicio de sus funciones o, sin ser depositaria de la autoridad pública ni encargada de un servicio público, se prevalece de una de esas calidades”.

También cuando se determine que las víctimas son personas particularmente vulnerables en razón de su edad, sexo, enfermedad, incapacidad, deficiencia física o síquica, o estado de embarazo, siempre que esta situación sea evidente o conocida por el autor.

El nuevo Código Penal dominicano, aprueba penas de hasta 20 años para los sistemas piramidales

De igual modo, si la infracción es cometida por varias personas, que actúan como autores o cómplices, sin importar que estos formen o no una asociación de malhechores; cuando haya más de cinco víctimas, así como si el monto de los valores envueltos en el negocio piramidal es igual o mayor a quinientos salarios mínimos del sector público.

Según el nuevo Código Penal Dominicano en dichos casos puede aplicarse penas que van desde los 10 hasta los 20 años

Mientras el artículo 254 refiere que serán sancionados con cuatro a diez años de prisión mayor y multa no menor al monto envuelto en la operación: “Quien organice un negocio con una estructura piramidal o de multinivel, que implique la incorporación de personas mediante la aportación de capitales, sin que se comercialicen bienes o servicios, bajo cualquier modalidad de reembolso de dinero en base al reclutamiento de nuevos integrantes”.

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